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¿Tengo derecho a asistencia médica?

Los médicos que no cotizan al régimen de autónomos (RETA) ni a una mutualidad alternativa —regulados en la disposición adicional 15ª de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los seguros privados— tendrán asistencia sanitaria en España a través del Sistema Nacional de Salud (SNS), tal y como se recoge en el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del SNS. Sigue leyendo